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Hombres que se sienten victimas en los proceso de divorcio

Hombres que se sienten victimas en los proceso de divorcio

El presente es un ejemplo típico de situaciones que se evidencian en las visitas y compromisos de las llamadas guardas y custodias compartidas: el padre, llamado “Juan” desea poder tener mayor tiempo con sus hijos, luego de la separación de su esposa.

Hombres que se sienten victimas en los proceso de divorcio

Propone que se encargará de recoger a las niñas al medio día en el colegio, para compartir con ellas el almuerzo y volver a llevarlas a clase a las tres, en su horario educativo; pero en contraposición, su esposa, la señora “Juana” no está de acuerdo con esa iniciativa paterna, pues insiste en llevar a cabo solo el régimen establecido, lo que por supuesto conlleva a discusiones entre ambos.

Por qué se cuestiona la idoneidad del padre para ejercer la patria potestad y no al revés

A tal situación se le agrega, que luego del divorcio, ella tomó la decisión de mudar de residencia a otra ciudad, sin previa comunicación al padre (Juan), acto que comunicó solo cuando ya estuvo plenamente instalada. Con todo y esta incomodidad, el Señor Juan estuvo dispuesto a desplazarse a la ciudad de nueva residencia, con tal de tener el mayor tiempo posible con sus hijas.

Es conveniente acotar que el señor Juan, perdió la custodia de sus hijas a pesar de considerarse plenamente capacitado para llevar a cabo el rol de padre. Esta situación permite que se generen interrogantes como: ¿qué criterios científicos califican de idóneo o no a un padre para tener la custodia de sus hijos?, ¿por qué no se cuestiona la idoneidad del padre o de la madre cuando viven juntos?

Pedro Arguelles, abogado especialista en divorcios en Barcelona, comenta que por lo visto, los indicadores de dicho perfil parece que se visibilizan solo al momento de la separación, ante lo cual surge otra interrogante: ¿Por qué no tomar en cuenta la opinión de los hijos al momento de calificar la idoneidad del padre?, es de allí, que las mismas organizaciones de jueces y abogados en Barcelona plantean círculos, mesas y foros de debate al respecto, partiendo del hecho mismo de padres que siempre fueron responsables en la vida matrimonial y que luego por opinión de su pareja pierden dicho calificativo.

La figura del juez es esencial para discernir lo más correcto para cada caso

Los abogados matrimonialistas de Barcelona han hecho cuestionamientos tales como “Cuesta creer que un padre que se ha despreocupado totalmente del entorno familiar pida la custodia en el momento de la separación”, con lo que parece una disyuntiva de realidades, ante lo cual, ellos han mantenido el criterio de que la figura del juez debe dinamizar la consulta y/o investigación para clarificar cuál era el papel del padre y la madre en el entorno familiar antes de efectuarse el divorcio, para aplicar entonces la sentencia, no solo legal, sino también más justa, todo en defensa del derecho superior del niño, para dejar de utilizar el horario habitual o estándar de solo los fines de semana alternos y evitar el desarrollo de desequilibrios emocionales en los pequeños, las verdaderas víctimas de los conflictos entre sus padres.

También conviene señalar un estudio de la Asociación de Mujeres Juristas de Barcelona (THEMIS), analizado en nuestro despacho de abogados en Barcelona, donde se argumenta que dependiendo del ambiente de cordialidad entre los divorciados, se pueden lograr conciliaciones de horario extendido, que permiten por ejemplo, que el padre pueda tener una tarde extra con sus hijos, claro está, sin derecho a la pernocta.

¿Es necesario endurecer el código penal para padres incumplidores?

En el mismo documento, resalta la situación repetida de padres (varones) que no cumplen con el régimen habitual, sin que se les aplique un tratamiento penal con severidad, ya que en ocasiones, o es muy leve o no pasa de una simple observación o llamado de atención; además, en otras situaciones, no existen ni siquiera justificaciones por las ausencias, lo que demuestra el desinterés de algunos padres, lo que puede degenerar en otro error: que se generalice este comportamiento, tratándose a otros padres que sí cumplen con igual criterio, lo que en esencia no resulta justo para muchos especialistas en divorcios en Barcelona.

La misma asociación THEMIS, integrada por juristas destacados, señala que los procedimientos debieran abrirse y llegar mediante investigación a las raíces del problema, para desarrollar entonces la sanción legal oportuna, equitativa y correspondiente, destacando que se habla de equitativa porque se evidenciaron casos en que el incumplimiento del régimen de visitas surgió de parte del progenitor con la custodia, quien en ocasiones alegaba que el niño estaba enfermo, o que tenía una fiesta de cumpleaños familiar a la que debía asistir, o incluso decirle al padre visitante que era el mismo niño quien no quería salir a verle.

Otra opinión a destacar, compartida en una conferencia realizada en el Colegio de Abogados de Barcelona, por parte del abogado de familia de Barcelona, José López, quien insiste a llevar a término los procedimientos por incumplimientos de visitas, que se persiga con mucho celo el pago de pensiones, y que se evalúe objetivamente, cuando se le impida al padre por parte del responsable de custodia, el ejercicio de visitas compartidas sin ningún tipo de pretexto.

Una vez más hay que recordar el interés superior del menor

Todo esto para evitar que se generen contradicciones y desacuerdos de ambas partes, donde el único y verdadero perdedor va ser el niño, pues llegado el momento, forzado por los hechos, sea el propio hijo el que en última instancia decida no seguir viendo ni recibiendo dichas visitas. Por eso, acotan los expertos, que la situación debe ser abordada tomando en cuenta todas las aristas, pues los padres verdaderamente responsables, tanto el que cumple el régimen como el que posee la custodia, deben remar para el mismo norte, ya que está en juego el crecimiento del infante o adolescente en un ambiente de paz y armonía.

Otro aspecto que preocupa a distintos abogados especialistas en divorcios en Barcelona, es lo referente a la violencia familiar desde el mismo juzgado, por ejemplo, el incumplimiento del régimen de visitas se titula en un documento “El delito de la desobediencia”, donde no queda claramente estipulado como se determina dicho incumplimiento, ni menos aún, cuál de las dos partes genera tal delito, lo que se conoce como “obstrucción”, cuando el progenitor custodio es quien impide a su ex pareja visitar a sus hijos, o la “omisión”, que se refiere al incumplimiento por parte del progenitor no custodio.

La propuesta en concreto es que debería especificarse la proporción que corresponda a cada una de las partes.

Todo apunta a una desigualdad, no solo de criterios, sino de decisiones, pues pareciera que es más delito la omisión que la obstrucción, como si esta fuera la única que a la postre genera frustraciones y conflictos emocionales en el hijo. Es allí, donde el grupo THEMIS ha hecho mayor énfasis, en velar por el derecho del niño, donde ambos progenitores (custodio y no custodio) entiendan que es el menor el que tiene derecho a ver a sus padres y no al revés, que el padre tiene derecho de ver a sus hijos.

Hay que evitar las clásicas peleas de padres en los colegios

Una psicóloga muy allegada a nuestro bufete de abogados en Barcelona, alega que estas posiciones a veces generan contradicciones entre intelectuales y especialistas, pues cuando la conducta que se asume es similar a una guerra de sexos, nadie va a dar el brazo a torcer; casos típicos de peleas en las puertas de colegios donde los progenitores custodios se oponen a que el padre no custodio asista a dichos centros educativos a tener un simple diálogo con sus hijos, así como argumentos encontrados que ponen de manifiesto que las diferencias se resuelven a trompazos y palabras subidas de tono, donde por regla general, luego de la respectiva denuncia, el progenitor no custodio resulta ser el culpable.

Hay que corregir el sistema de 4 días al mes con el padre

De tal modo, es frecuente escuchar la expresión “hoy me tocaba a mí tener el niño” o “te lo voy a quitar definitivamente”, frases delicadas dichas a la ligera, que demuestran que el tema de la custodia compartida debe afrontarse con extremo cuidado, pues la víctima puede pasar luego a convertirse en victimario, en un “toma y dame”, que desafortunadamente, muchos abogados en Barcelona ven con malos ojos, cuando observan los vacíos legales existentes en la legislación actual.

Por ejemplo, si el régimen de visitas plantea una visita al mes, entonces solo cuatro días el padre no custodio podrá compartir con su hijo, sabiendo todos que cuatro días, además no consecutivos, son insuficientes para que el niño se desarrolle y logre una identificación con su progenitor. El abogado de familia en Barcelona, José López, argumenta que es posible afirmarse que en cuatro días ningún padre puede ser efectivamente responsable, por lo que, a su criterio, los jueces obligan a los padres a actuar de manera irresponsable al otorgar esos periodos de tiempo en sus sentencias.

Además, visto desde fuera, parece una contienda judicial, pues al favorecer en la mayoría de los casos a la madre como progenitora custodia, al mismo tiempo la condena a una dependencia del progenitor no custodio, pues de un modo directo, perpetúa un modelo de mujer, indefenso y dependiente emocionalmente.

Se persigue mucho el impago de la pensión de alimentos pero no el incumplimiento del régimen de visitas.

Vale la pena retomar las quejas que al respecto publicó en el diario “El País Semanal”, la periodista y escritora Rosa Montero, donde se plantean los enfrentamientos y confusiones para dirimir el incumplimiento o no de la custodia compartida. Su estudio reflejó que “los varones son la cara oculta de la luna” y que han empezado a manifestarse ante la legislación actual, pues entre otras cosas afirman, que los jueces persiguen al máximo el impago de las pensiones, pero no el incumplimiento del régimen de visitas, donde existen elementos que confirmarían que algunas veces, dicho incumplimiento es forzado por el progenitor custodio, sin descartar que la mayoría de las veces es por el progenitor no custodio, lo que lleva a la generalización, como dice el lenguaje popular: “pagan justos por pecadores”.

La misma Federación de Asociaciones por la Custodia Compartida, admite que las nuevas escalas de valores deben estar basadas en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, así como, en la igualdad entre hombres y mujeres, lo que debe interpretarse como un apego fiel al principio de corresponsabilidad en el cuidado y atención de los hijos, dejar la práctica del reparto de roles diferenciados entre el hombre sostenedor de la familia y la mujer cuidadora de hogar.

Nuevas discriminaciones por razón de orientación sexual

Añadiendo que, en los próximos años con la reforma de la Ley de divorcio que permite a las parejas homosexuales casarse y tener hijos, se presentará un dilema muy ajustado, pues si se mantiene el criterio de que las mujeres son más aptas que los hombres para el cuidado de los hijos, tendrán un serio problema al momento de decidir la custodia exclusiva a una de las madres de una pareja de lesbianas, también, al momento de decidir quién de los dos es más apto, cuando se trate de divorcio entre parejas constituidas por varones.

En todo caso, se presentarán situaciones particulares como en el llevado a cabo en marzo de 2005 por dos juzgados vascos, quienes reconocieron a parejas lesbianas la patria potestad compartida sobre sus respectivos hijos, teniendo mucho cuidado de no afectar el superior interés del menor. De lo expuesto surgen múltiples enfoques a discutir, por un lado se encuentran algunos grupos de abogados matrimonialistas en Barcelona, que siguen creyendo que solo las mujeres sienten un verdadero instinto maternal, por otro, las parejas gays que siguen en la lucha por conseguir adoptar.

Los hombres están tan capacitados como las mujeres para ejercer la patria potestad.

Habrá que detenerse a pensarlo mejor, en nuestro despacho de abogados de familia en Barcelona, convenimos en señalar lo que muy acertadamente expuso, en una convención, el psicoterapeuta familiar Javier Huertas: “Un hombre puede estar tan capacitado como una mujer para cuidar de un menor y al revés”. Mantener claro que el niño necesita nutrición emocional, cariño y una buena socialización. Además, se debe interpretar que el mayor daño que se le puede ocasionar al menor no se debe al cambio de domicilio o al sexo de quien tiene su guardia y custodia, sino las desavenencias y gritos entre los padres.

De tantos estudios con bases científicas, se ha podido constatar que los problemas emocionales que presentan los niños tras la separación de sus padres, ya se evidencian antes de la ruptura. Lo que conduce a vigilar los contextos legales para su mejor estructuración y aplicación.

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