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No se puede firmar un contrato sin entenderlo previamente
Un tribunal gallego declaró recientemente que un contrato no puede anularse porque una de las partes “no lo haya comprendido bien”. Esta sentencia se emitió a colación de un caso entre una entidad financiera y un administrador social de una empresa que alegaba que “no conocía a cabalidad los riesgos”.Abogado clausulas suelo Barcelona
La empresa en cuestión había firmado, de hecho, cada página del contrato por lo que, según la Audiencia de La Coruña estaba “declarando su voluntad de aceptación del mismo”. Explica asimismo, que las condiciones específicas del contrato eran “perfectamente comprensibles y que la extensión de aquel no era muy larga”. Además, la empresa ya había aprobado el test de idoneidad que le facultaba a recibir estos servicios de inversión.
De la misma forma, continúa la Audiencia, en el mencionado contrato figuraba un “aviso importante del riesgo de la operación en mayúsculas y negrita, así como su respectiva condición general relativa a riesgos”.
Por esta razón, la Audiencia Provincial de La Coruña, vislumbró que “no existían impedimentos para que la empresa pospusiera su firma hasta disipar sus dudas mediante el consejo profesional adecuado”, agregó el despacho catalán.
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