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El gasto ordinario debe de ser aprobado anualmente por los vecinos

Gastos comunes y extraordinarios de la comunidad

Gastos comunes y extraordinarios de la comunidad

Gastos comunes y extraordinarios de la comunidad Es bien sabido por todos los propietarios de una vivienda de propiedad horizontal que periódicamente deben de sufragar los gastos generales para el correcto funcionamiento del edificio, en lo que suele llamarse “gastos de comunidad”. Sin embargo, es necesario realizar una separación entre los denominados ordinarios y los extraordinarios.Abogados alquileres Barcelona

El gasto ordinario debe de ser aprobado anualmente por los vecinos en un presupuesto conjunto y corresponden al mismo los desembolsos por mantenimiento, conservación y reparación de elementos comunes, tales como las cubiertas, las tuberías de agua, las fachadas, los techos, entre otros elementos propios de una edificación comunal. Igualmente acontece con los gastos que acarrean los servicios comunes: la piscina, el conserje, portero y/o jardinero, la calefacción, las antenas de TV o los ascensores.

Igualmente hay que tomar en cuenta gastos de tasas conjuntas a ser sufragadas por la comunidad, como los de vados o paso de carruajes. Sin embargo, siguen siendo gastos normalmente previsibles y que se liquidan mediante una cuota mensual.

Por otra parte, los gastos de comunidad que pueden considerarse extraordinarios, son los acaecidos debido a una nueva dotación para la finca, por ejemplo, la instalación de una antena de TV especial o aquellos que devienen del gasto por el deterioro de un servicio que debe de ser renovado o repuesto, como bien pudiera ser, un reemplazo de tuberías o una limpieza integral en las cubiertas o incluso, un refuerzo en la estructura.Abogados alquileres Barcelona

Asimismo, en abogados.cat, recordamos que elementos extraordinarios surgidos por el cumplimiento de normativas tales como la colocación de pararrayos o una Inspección Técnica de Edificios, “también hay que preverla entre posibles gastos de la comunidad de vecinos”. Este segundo y menos frecuente tipo de pagos acostumbran a realizarse bien sea mediante derramas o mediante una progresiva subida puntual en la cuota de los propietarios.

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